SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1958/2012
Fecha: 12-Oct-2012
b) Respecto a la precisión de los derechos y/o garantías que se consideran vulnerados
Se advierte la cita de dos derechos -acceso a una justicia pronta, oportuna y el debido proceso-; empero, no se expresa ni fundamento de que manera o a través de que medios, la autoridad demandada ha vulnerado o amenazado tales derechos, habiéndose limitado a su sola enunciación, sin explicar ni acreditar cuales han sido las consecuencias de la supuesta lesión de tales derechos.
De lo anterior se tiene que, el accionante ha incumplido con otro requisito constitucional, relativo a la identificación del nexo de causalidad, que debe operar entre los hechos o actos lesivos y el derecho o la garantía vulnerada, estando tal presupuesto ausente en la demanda de amparo, omitiendo detallar y exponer la subsunción constitucional, que consiste en la adecuación de los fundamentos de hecho y de derecho a la naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Requisitos de contenido que debe observarse a tiempo de presentar la acción de amparo constitucional, efectos de su incumplimiento
- III.3. Análisis del caso concreto
- a) Sobre la exposición clara de los hechos que sirven de fundamento en el amparo
- b) Respecto a la precisión de los derechos y/o garantías que se consideran vulnerados
- c) Con relación a que la o el accionante deben fijar con precisión el amparo o la tutela que se solicita, con la finalidad de preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerada o amenazada
- CONFIRMAR