SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1964/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1964/2012

Fecha: 12-Oct-2012

III

Los demandados, en su informe, expusieron los motivos y justificativos legales válidos por los cuales estuvieron imposibilitados de atender las solicitudes presentadas por el accionante, relativos a la existencia de un proceso ordinario pendiente de resolución; empero, no aclararon ni probaron porqué dichas respuestas no fueron notificadas al accionante, a pesar de que éste señaló domicilio en oficinas del Municipio, y, pese a que según manifestó, estuvo haciendo seguimiento constante y en tal caso; en su descargo, pudieron presentar las respuestas escritas en forma física ante el Tribunal de garantías, pero no lo hicieron, con lo cual no se demostró que se otorgó respuesta de manera directa y sin ninguna otra formalidad.