SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1964/2012
Fecha: 12-Oct-2012
III
Los demandados, en su informe, expusieron los motivos y justificativos legales válidos por los cuales estuvieron imposibilitados de atender las solicitudes presentadas por el accionante, relativos a la existencia de un proceso ordinario pendiente de resolución; empero, no aclararon ni probaron porqué dichas respuestas no fueron notificadas al accionante, a pesar de que éste señaló domicilio en oficinas del Municipio, y, pese a que según manifestó, estuvo haciendo seguimiento constante y en tal caso; en su descargo, pudieron presentar las respuestas escritas en forma física ante el Tribunal de garantías, pero no lo hicieron, con lo cual no se demostró que se otorgó respuesta de manera directa y sin ninguna otra formalidad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y Garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- Fragmento 8
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2. En relación a la interpretación de los hechos controvertidos y la titularidad de derechos sometidos a la acción de amparo constitucional
- III.3. En relación al entendimiento sobre el derecho de petición
- un reconocimiento de un derecho natural
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.4.1.En cuanto a la existencia de una petición oral o escrita
- III
- III.4.3. El examen sobre la inexistencia de medios de impugnación expresos con el objetivo de hacer efectivo el derecho de petición
- Fragmento 23
- denegado
- CONFIRMAR