SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1964/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1964/2012

Fecha: 12-Oct-2012

III.4.3. El examen sobre la inexistencia de medios de impugnación expresos con el objetivo de hacer efectivo el derecho de petición

El accionante señaló que ante la falta de respuesta a sus reiteradas notas de reclamo por parte del Ejecutivo Municipal, acudió dos veces ante el Concejo Municipal de Porongo, con la misma finalidad, en las cuales, el Órgano deliberante las declaró improcedentes por falta de competencia, por haber equivocado la vía de objeción de una decisión del Alcalde Municipal y no obstante ser evidente este error procedimental, las autoridades del concejo municipal pudieron reconducir el procedimiento, remitiéndolo a conocimiento del Alcalde de Porongo, pero no actuaron de esa manera.