Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2095/2012
Fecha: 08-Nov-2012
I.3. Consideraciones de Sala
Por mandato de las normas previstas por el art. 20.I y II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011; la Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, conformó la Sala Liquidadora Transitoria, posesionando a los Magistrados de la misma, el 15 de febrero de 2012, a objeto de la liquidación de las acciones tutelares ingresadas a los Tribunales de garantías hasta el 31 de diciembre de 2011, modificada por la disposición transitoria Segunda del Código Procesal Constitucional vigente desde el 6 de agosto de 2012. Con la referida competencia, se procedió al sorteo de la presente causa, dictándose Resolución dentro de plazo.
- acción de libertad
- I.1.1
- “Efectuar las acciones necesarias para la realización, administración y recuperación de activos, cobro de acreencias y pago o resolución de pasivos del ex Servicio Nacional de Caminos”
- I.2.1
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- 1)
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.5.
- II.8.
- IV. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la Acción de Libertad
- III.2. Respecto al SNC y el proceso de liquidación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR