SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2107/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2107/2012

Fecha: 08-Nov-2012

II.1.

II.1.  A través de Resolución Jerárquica MDPyEP 007/2012 de 10 de mayo, pronunciada por la Ministra de Desarrollo Productivo y Economía Plural, dentro del Recurso Jerárquico interpuesto por René Rogelio Cadena Mendoza contra la Resolución Administrativa Revocatoria MDPyEP/JURC/DESPACHO 01/2011, de 20 de diciembre de 2011, resolvió “REVOCAR TOTALMENTE”, la referida Resolución y consiguientemente la Resolución Administrativa MDPyEP/JURC/DESPACHO 501/2011 de 22 de noviembre, que daba curso a la solicitud de registro del acta de junta general ordinaria de accionistas de 26 de octubre del mismo año, pronunciamientos emitidos por la Unidad de Registro y Comercio dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural; asimismo, dispuso que la AEMP, convoque a junta ordinaria de accionistas de EMPRELPAZ S.A., con el punto único en el orden del día, la elección de su Directorio a celebrarse ésta en sede legal establecida en su acta de constitución, en mérito a las competencias y facultades respecto a la regulación, fiscalización, control y supervisión de las empresas y sociedades comerciales, que ejerce la AEMP, celebración que contaría además con la representación de personal técnico de esa cartera de Estado en calidad de veedores de la junta ordinaria, al igual que representantes de FUNDEMPRESA (fs. 58 a 68).