SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2107/2012
Fecha: 08-Nov-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia que fueron vulnerados sus derechos a la defensa, al trabajo y a la garantía del debido proceso, toda vez que la autoridad demandada omitió poner en su conocimiento el recurso jerárquico interpuesto por René Rogelio Cadena Mendoza y emitió la Resolución Jerárquica MDPyEP 007/2012, disponiendo la revocatoria de la RA MDP-JURC/DESPACHO 01/2011 de 20 de diciembre, que dejaba sin efecto la RA MDP-JURC7DESPACHO 01/201, que autorizaba la inscripción del acta de junta general ordinaria de accionistas de 26 de octubre de 2011, en la cual fue elegido Director y posteriormente designado Presidente de la EMPRELPAZ S.A., sin darle la oportunidad de defenderse, presentar argumentos y justificaciones como tercero interesado de acuerdo al art. 60 de la LPA, dando lugar a que su periodo de funciones concluya sin cumplir el tiempo previsto en el Código de Comercio y el Estatuto de la Empresa. Corresponde en revisión, establecer si los actos denunciados son evidentes y si ameritan otorgar la tutela que brinda la acción de amparo constitucional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- contra los actos consentidos libre y expresamente o cuando hubieren cesado los efectos del acto reclamado
- como cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realice ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo, como también ante otra instancia, dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales
- el consentimiento expreso importa un acto positivo, concreto, libre e inequívoco, vinculado de manera directa a la actuación ilegal impugnada; en otras palabras, la manifestación de la voluntad debe demostrar, de manera indubitable, el consentimiento a la amenaza o lesión a algún derecho fundamental
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR