SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2178/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2178/2012

Fecha: 08-Nov-2012

fundamentación

Al igual que la motivación, la fundamentación, también se constituye en una exigencia del debido proceso, así lo ha establecido la jurisprudencia constitucional al señalar que:“…cada autoridad que dicte una resolución debe imprescindiblemente exponer los hechos, realizar la fundamentación legal y citar las normas que sustenta la parte dispositiva de la misma. Que, consecuentemente cuando un juez omite la motivación de una resolución, no sólo suprime una parte estructural de la misma, sino también en los hechos toma una decisión de hecho no de derecho que vulnera de manera flagrante el citado derecho que permite a las partes conocer cuáles son las razones para que se declare en tal o cual sentido; o lo que es lo mismo cuál es la ratio decidendi que llevó al juez a tomar la decisión…” (SC 1684/2010-R de 25 de octubre) (las negrillas son nuestras).