SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2178/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2178/2012

Fecha: 08-Nov-2012

III.2. Del recurso de casación en el fondo

La Constitución Política del Estado, en el art. 180.II instituye: “Se garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales”; siendo un principio constitucional, implicando que se constituye en una de las bases para el funcionamiento coherente y equilibrado de la estructura de la Constitución y por ende para impartir justicia. De donde se desprende que la decisión o pronunciamiento en proceso jurisdiccional o administrativo, deberá ser objeto de impugnación a efecto que el Tribunal superior revise y repare los presuntos actos ilegales u omisiones indebidas en que hubiere incurrido el inferior.