SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2230/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2230/2012

Fecha: 08-Nov-2012

Fragmento 14

           De la atenta revisión de los antecedentes cursantes en el cuaderno procesal, se evidencian que, la Comisión de Reclamación del SENASIR, en cumplimiento del Auto Supremo 32, y el Auto de Vista 212/07, pronunció la Resolución 0001/12 de 3 de enero de 2012, resolviendo otorgar al asegurado accionante, la renta básica de vejez con reducción de edad por incremento de aportes de 206 a 247 cotizaciones, y; con relación a la renta complementaria de vejez con reducción de edad por incremento de aportes de ciento setenta y tres a ciento ochenta cotizaciones, a pagarse desde marzo de 2000. En mérito a la precitada disposición, la Comisión de Calificación del SENASIR, pronunció la Resolución 0001128, efectuando el recálculo de la renta básica de vejez y la renta complementaria de vejez, ambas con reducción de edad. Con dicha determinación, el ahora accionante fue notificado personalmente el 6 de marzo de 2012, en cuya diligencia expresamente se le advirtió que tenía el plazo de cinco días para formular la apelación en el efecto devolutivo, si consideraba que la determinación era lesiva a sus intereses; así, contra la precitada Resolución, peticionó complementación y enmienda, y no así, la apelación; sin embargo, su solicitud fue rechazada mediante CITE: SENASIR/JSCC/R/100/2012.