Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2378/2012
Fecha: 22-Nov-2012
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Liquidadora Transitoria, en virtud a lo previsto en el art. 20.II de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011, en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 15 de 11 de mayo de 2011, cursante de fs. 39 vta. a 44, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- I.1.1.
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad es excepcionalmente subsidiaria de acuerdo a ciertos supuestos
- Fragmento 13
- III.3. La recusación de los jueces en materia penal son mecanismos legales que no vulneran derechos
- III.4. La acción de libertad y el debido proceso
- III.5. El caso concreto
- CONFIRMAR