Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2378/2012
Fecha: 22-Nov-2012
II.4.
II.4. Consta que por memorial de 6 de mayo de 2011, la autoridad demandada, presentó imputación formal de manera provisional contra el accionante, ante el Juez Décimo de Instrucción en lo Penal, solicitando la medida cautelar de detención preventiva en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”. Imputación, donde no cursa cargo de recepción de la misma (fs. 6 a 12).
- I.1.1.
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad es excepcionalmente subsidiaria de acuerdo a ciertos supuestos
- Fragmento 13
- III.3. La recusación de los jueces en materia penal son mecanismos legales que no vulneran derechos
- III.4. La acción de libertad y el debido proceso
- III.5. El caso concreto
- CONFIRMAR