SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2406/2012
Fecha: 22-Nov-2012
i)
Luz Belinda Romero Ferrufino, Fiscal de Materia, mediante memorial presentado el 15 de julio de 2011, cursante a fs. 36 y vta., señaló: i) La burocracia en el penal “San Roque” impide que se de cumplimiento al Auto que dispone el traslado del accionante; ii) Éste señala como puesto en riesgo su derecho a la vida, pero en realidad está amenazado su derecho a la salud, el cual se encuentra bajo el ámbito de tutela de otra acción constitucional y no la de acción de libertad; iii) La Resolución que dispone la modificación del lugar de la detención en un centro especializado se encuentra ejecutoriada y no es lesiva ni el derecho a la vida ni a la libertad; y, iv) Lo que pide el “recurrente”, es el cumplimiento de la Resolución ya señalada, para lo cual se debe dirigir al Juez de la causa para que conmine a las autoridades llamadas por Ley.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
- ;
- III.1.1. El carácter correctivo de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2º