Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2406/2012
Fecha: 22-Nov-2012
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 6 de julio de 2011, el ahora accionante, en cumplimiento al Auto de 10 de junio, que dispuso que su detención preventiva se debía llevar a cabo en un centro especializado, presentó el certificado emitido por la Fundación Pro Vida, en el que se señalaba que estaban en condiciones de acoger a Armando Hugo Cors Barrón (fs. 13 a 15).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica, alcances y ámbitos de tutela de la acción de libertad
- ;
- III.1.1. El carácter correctivo de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2º