SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2451/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2451/2012

Fecha: 22-Nov-2012

III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho

Puesto que el art. 180.I de la CPE, prevé que la jurisdicción ordinaria se sustenta en los principios procesales entre otros, de gratuidad, publicidad, transparencia, celeridad y debido proceso, la SCP 0110/2012 de 27 de abril, estableció: “En el Estado Plurinacional Boliviano, la Norma Fundamental consagra determinados derechos estatuidos con la finalidad de limitar el poder del Estado, ya exigiendo una abstención o asignando un deber de prestación. Dentro del derecho penal, la Constitución Política del Estado ofrece un sistema de control ante los órganos jurisdiccionales, por tal motivo ha incorporado una variedad de principios, encontrándose entre ellos el de la 'celeridad', que obliga a que el imputado sea juzgado dentro de un plazo razonable.