SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2493/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2493/2012

Fecha: 03-Dic-2012

II.1.

II.1.       Por certificado médico de 6 de julio de 2010, expedido por el Ginecólogo Obstetra del SSU, se diagnosticó a la accionante, embarazo de veintitrés semanas a esa fecha, alto riesgo obstétrico, primigestación tardía, enfermedad pélvica inflamatoria con riesgo de parto prematuro por esfuerzos y sobreesfuerzos en las funciones que cumplía (fs. 160). En igual sentido, la valoración médico laboral suscrita por la médica laboralista, de higiene y seguridad ocupacional, indicó que al ser labores de la accionante la rehabilitación y kinesiología en niños especiales, adultos y otros, con empleo de magnetoterapia -si bien no legislada su regulación, con efectos para el ser en formación- y la advertencia de un embarazo con primigesta añosa, sus labores eran incompatibles con su salud por su estado gestacional; por lo que sugirió el cambio de puesto de trabajo o baja médica por el tiempo necesario para evitar complicaciones posteriores e irreversibles (fs. 162 a 163).