Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PluRINACIONAL 2508/2012
Fecha: 12-Dic-2012
POR TANTO
POR TANTO El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 07/2012 de 25 de enero, cursante de fs. 36 a 38, pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. La acción de libertad y el debido proceso
- Fragmento 11
- III.3. La Resolución que resuelve la apelación incidental prevista por el art. 251 del CPP, no es susceptible de impugnación, vía incidente de actividad procesal defectuosa
- sin recurso ulterior
- no es susceptible de impugnación
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- POR TANTO