Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2542/2012
Fecha: 21-Dic-2012
2º
2º Dejar sin efecto la RA 301/2011 de 19 de diciembre de 2011, pronunciada por Verónica Berrios Vergara, Máxima Autoridad Ejecutiva del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, así como los actuados posteriores a la emisión del mismo; para que, en aplicación de la jurisprudencia constitucional vinculante y en resguardo del debido proceso, la nueva autoridad que actualmente ocupa el mismo cargo, se pronuncie sobre todos los aspectos impugnados en el recurso jerárquico acorde con la doctrina legal que rige en la materia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- “improcedente”
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El silencio administrativo y las resoluciones tardías
- III.3. Procedimiento administrativo disciplinario para funcionarios municipales de libre nombramiento
- III.4. Relevancia constitucional
- III.5. Finalidad de las notificaciones
- Fragmento 15
- III.6. Sobre el deber de motivación de las resoluciones administrativas
- III.7. La legitimación pasiva en las acciones de amparo constitucional
- III.8. Incidente de nulidad en materia administrativa
- Fragmento 19
- a) Con relación a la emisión de la Resolución 301/2011 que resolvió el recurso jerárquico
- 3.
- III.10.Consideraciones finales
- 1º REVOCAR en parte
- 2º