Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2542/2012
Fecha: 21-Dic-2012
II.3.
II.3. Por memorial de 30 de septiembre de 2011, el accionante planteó recurso jerárquico contra la Resolución 03/11 del mismo mes y año (fs. 103 a 106), que se radicó en el despacho de la Máxima Autoridad Ejecutiva el 7 de diciembre del indicado año (fs. 16) y mereció la RA 301/2011 de 19 de diciembre, confirmando la Resolución recurrida (fs. 14 a 15), cursando en obrados una cédula de notificación de “3 de diciembre de 2012” con dicha Resolución (de 19 de diciembre de 2011), en la que no se encuentra consignada la firma del accionante (fs. 12).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- “improcedente”
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El silencio administrativo y las resoluciones tardías
- III.3. Procedimiento administrativo disciplinario para funcionarios municipales de libre nombramiento
- III.4. Relevancia constitucional
- III.5. Finalidad de las notificaciones
- Fragmento 15
- III.6. Sobre el deber de motivación de las resoluciones administrativas
- III.7. La legitimación pasiva en las acciones de amparo constitucional
- III.8. Incidente de nulidad en materia administrativa
- Fragmento 19
- a) Con relación a la emisión de la Resolución 301/2011 que resolvió el recurso jerárquico
- 3.
- III.10.Consideraciones finales
- 1º REVOCAR en parte
- 2º