SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2542/2012
Fecha: 21-Dic-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso, al trabajo a la defensa y el principio a la “seguridad jurídica”, por cuanto dentro del proceso administrativo interno instaurado en su contra por el Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, interpuso los recursos administrativos de revocatoria y jerárquico; empero, no fue notificado con la Resolución 301/2011 de 19 de diciembre, que resolvió el recurso jerárquico, misma que confirmó la resolución impugnada que disponía la destitución de su fuente laboral, omisión que fue reiterada con la Resolución de 28 de febrero de 2012, que declaró ejecutoriado dicho fallo, en cuya ejecución se emitió el Memorándum de 12 de marzo del año en curso, destituyéndolo de sus funciones, momento en el cual tuvo conocimiento de ambas Resoluciones, a lo que se suma que existieron vicios de nulidad durante la tramitación del proceso, al haber sido emitidas las resoluciones, fuera del plazo establecido e insuficientemente fundamentadas. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes para conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- “improcedente”
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El silencio administrativo y las resoluciones tardías
- III.3. Procedimiento administrativo disciplinario para funcionarios municipales de libre nombramiento
- III.4. Relevancia constitucional
- III.5. Finalidad de las notificaciones
- Fragmento 15
- III.6. Sobre el deber de motivación de las resoluciones administrativas
- III.7. La legitimación pasiva en las acciones de amparo constitucional
- III.8. Incidente de nulidad en materia administrativa
- Fragmento 19
- a) Con relación a la emisión de la Resolución 301/2011 que resolvió el recurso jerárquico
- 3.
- III.10.Consideraciones finales
- 1º REVOCAR en parte
- 2º