SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2012
Fecha: 13-Mar-2012
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
Los accionantes alegan la vulneración a su derecho a la libertad, toda vez que, por Auto de 22 de septiembre de 2011, la autoridad Judicial demandada, dispuso la anulación de la imputación formulada en su contra por la supuesta comisión del delito de fabricación de sustancias controladas, así como la imposición de medidas cautelares de detención preventiva; sin embargo, habiendo solicitado su inmediata libertad el 26 de enero de 2012, la autoridad jurisdiccional, por providencia de 27 de igual mes y año, dispuso se esté al Auto de 25 del mismo mes y año, complementario a la Resolución de 22 de septiembre de 2011, que aclaró que los efectos de dicho fallo únicamente alcanzaban a Isaac Pablo Yampara Yampara, manteniéndose, vigentes la imputación formal y la imposición de medidas cautelares contra los ahora accionantes. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Juez de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados;
- III.3. La Resolución que resuelve incidente de nulidad o actividad procesal defectuosa, es susceptible de apelación incidental
- el de recurrir está sujeto a las normas generales que lo rigen, entre ellos la oportunidad o el plazo
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1.