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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2012

    Fecha: 09-Abr-2012

    denegó

    El Juez de Sentencia del Distrito Judicial de Pando, por Resolución 007/2012 de 11 de febrero, cursante de fs. 79 vta. a 81, denegó la acción de libertad, con el fundamento que no se ingresó al análisis de fondo puesto que la Resolución de 7 de febrero de 2012 no tiene vinculación directa con la libertad y no opera como causa directa para la restricción o supresión de ésta.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3.Petitorio
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad: finalidad y alcances
    • a)
    • En caso de tratarse de una privación de libertad indebida, la jueza, juez o tribunal dispondrá que la o el privado de libertad sea conducido a su presencia
    • 1)
    • pues el Juez o Tribunal de apelación de igual forma debe pronunciar una resolución lo suficientemente motivada, realizando una valoración integral de los nuevos elementos presentados por el imputado, expresando si los mismos destruyen o no los motivos que fundaron la detención preventiva
    • qué debe entenderse por valoración objetiva e integral de los elementos probatorios
    • III.5.  La no necesidad de invocar indefensión absoluta cuando se alega procesamiento indebido frente a la impugnación de resoluciones cautelares
    • i)
    • 2º

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