SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0059/2012
Fecha: 09-Abr-2012
II.2.
II.2. Mediante Sentencia 04/2011 de 22 de agosto el Tribunal Segundo de Sentencia “, condenó a Luciano “Alves” Ferreira por el delito de asesinato, a cumplir la pena privativa de libertad de treinta años sin derecho a indulto en el penal de “Villa Busch” de la ciudad de Cobija, contra dicha Resolución el procesado interpuso apelación restringida y por Resolución de 10 de diciembre de 2011, la Sala Penal y Administrativa de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Pando, deliberando en el fondo declaró procedente y en consecuencia anuló totalmente la Sentencia apelada, disponiendo la reposición del juicio por el “Tribunal de Sentencia Primero de la capital de departamento” (fs. 19 a 22).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3.Petitorio
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad: finalidad y alcances
- a)
- En caso de tratarse de una privación de libertad indebida, la jueza, juez o tribunal dispondrá que la o el privado de libertad sea conducido a su presencia
- 1)
- pues el Juez o Tribunal de apelación de igual forma debe pronunciar una resolución lo suficientemente motivada, realizando una valoración integral de los nuevos elementos presentados por el imputado, expresando si los mismos destruyen o no los motivos que fundaron la detención preventiva
- qué debe entenderse por valoración objetiva e integral de los elementos probatorios
- III.5. La no necesidad de invocar indefensión absoluta cuando se alega procesamiento indebido frente a la impugnación de resoluciones cautelares
- i)
- 2º