Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2012
Fecha: 19-Abr-2012
II.1.
II.1. En la audiencia de consideración de la solicitud de cesación de detención preventiva llevada a cabo el 12 de enero de 2012, dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Edwin Murga Chambi, por el delito de robo agravado, mediante Resolución 13/2011 de 12 de enero de 2012, la Jueza demandada rechazó la solicitud de cesación de la detención preventiva planteada por el ahora accionante (fs. 20 y 21 vta.). En la misma audiencia, el accionante planteó el recurso de apelación contra la “Resolución 13/2011” que rechaza la cesación a la detención preventiva, notificados a las partes (fs. 22 a 25).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad.
- III.1.3. Sobre las formas de resolución de las acciones de libertad
- pronta, oportuna
- apelación contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen las medidas cautelares, que se muestra como un recurso sumario, pronto y efectivo, dado que conforme lo establece el art. 251 del CPP, una vez interpuesto este recurso, las actuaciones pertinentes deben ser remitidas ante la Corte Superior de Justicia en el término de veinticuatro horas
- III.4. Análisis del caso concreto
- remisión de obrados al Tribunal de alzada.
- APROBAR