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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2012

    Fecha: 02-May-2012

    II.9.

    II.9.  Instalada la audiencia de conciliación el 9 de octubre de 2009, estando presente únicamente el apoderado del querellante y no así la parte querellada, el Juez de la causa, una vez advertido de la legal notificación, y sin ningún justificativo por su inasistencia, determinó se convoque a juicio oral conforme a los arts. 340 y 379 del CPP (fs. 36 y vta.).

    • acción de cumplimiento
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • deniega
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La acción de cumplimiento y su naturaleza jurídica
    • Fragmento 18
    • III.1.1. En cuanto al ámbito de protección
    • Fragmento 20
    • III.1.2. La acción de cumplimiento y los procesos judiciales
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • APROBAR,

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