SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0144/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0144/2012

Fecha: 14-May-2012

Fragmento 20

La Constitución Política del Estado en su art. 180.II “…garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales” constituyéndose en una garantía contra errores o la mala fe de los administradores de justicia que permite se revisen las decisiones de fondo, constituyéndose la apelación en una modalidad del ejercicio del derecho a la impugnación que permite a los litigantes impugnar ante el tribunal de segundo grado o ad quem, una resolución que consideran injusta, para que la modifique, la revoque, la deje sin efecto o anule, según sea el caso.