Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0144/2012
Fecha: 14-May-2012
II.7.
II.7. El 28 de octubre de 2010, María Inés Vera de Ayora, Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, pide explicación, complementación y enmienda a la Resolución 238/2010 (fs. 110 y vta.), y Auto de 30 de noviembre de 2010 por el que la Jueza Sexta de Partido en lo Civil y Comercial desestima la petición (fs. 111).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- Fragmento 5
- 1)
- Fragmento 7
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- a)
- III.1. La justicia material como finalidad del sistema de administración de justicia boliviano
- o a terceros con interés legítimo
- y que viole su derecho a la defensa
- 2)
- Fragmento 20
- III.2. De la improcedencia del recurso de casación contra autos de vista que resuelven en apelación incidentes de nulidad planteados en ejecución de sentencia civil
- b)
- III.3.
- APROBAR