Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0198/2012
Fecha: 24-May-2012
I.2.3. Resolución
El Juzgado de Partido y de Sentencia de la localidad de Chulumani del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 01/2012 de 7 de marzo, cursante de fs. 92 a 95 vta., concediendo la tutela, declarando procedente la acción de amparo constitucional, en consecuencia dispone; que el Concejo Municipal reincorpore a Beatriz Martha Pariguana Copa, en el plazo de cuarenta y ocho horas, sin el pago de su salario por los meses no trabajados, toda vez que, el Concejal Suplente ha estado percibiendo haberes por su trabajo, debiendo correr el sueldo de la accionante a partir de su reincorporación.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Resolución
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de amparo constitucional
- 3. Inasistencia injustificada por más de tres sesiones ordinarias continuas o seis discontinuas en el mes; y
- III.3. Denegatoria de la acción de amparo constitucional por actos consentidos expresamente
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR