Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2012
Fecha: 24-May-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia que dentro del proceso de reparación de daños iniciado en su contra, el Juez el Mixto de Partido y de Sentencia, dictó la Resolución de 29 de enero de 2008, en su perjuicio, en base a un tipo penal diferente al que motivo su condena, donde no se consideró ni resolvió sus excepciones previas, además de incurrir en una equivocada aplicación de la analogía en materia penal, frente a lo cual, pese a haber interpuesto apelación incidental reclamando estos aspectos, la Resolución fue confirmada por los Vocales -ahora demandados-, vulnerando sus derechos al debido proceso, y a la “seguridad jurídica”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- : a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concediendo”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la Acción de Amparo Constitucional
- III.2. Interpretación de la legalidad ordinaria
- III.3. Análisis del caso concreto
- a)
- concedido