SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2012
Fecha: 04-Jun-2012
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución “AC-09/2012” de 15 de marzo, cursante de fs. 315 a 317, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Luis Rojas Machicado y Jorge Sofío Funes Orellana contra Mario Alberto Guillén Suárez, Viceministro de Pensiones y Servicios Financieros; Marcelo Fernando Ticona Gonzáles, Viceministro de Pensiones y Servicios Financieros a.i.; Yoni Yamil Exeni León, Director General Ejecutivo a.i. del Servicio Nacional de Sistema de Reparto (SENASIR); Juan Calle Plata, Director General Ejecutivo a.i. del SENASIR; Raúl Alberto Monasterios Bernabé, Técnico Revisor Doble Percepción del SENASIR; Rubén Gonzalo Ticona Chique, Director General de Programación y Operaciones del Tesoro del Viceministerio del Tesoro y Crédito Público, pertenecientes al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas del Estado Plurinacional de Bolivia.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- IMPROCEDENTE
- II.2.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- derecho a la jubilación
- III.2. Prohibición de percepción simultánea de remuneración y Compensación de Cotizaciones Mensual (CCM): Normativa
- continúen realizando una actividad laboral financiada con recursos públicos
- SENASIR deberá suspender el desembolso de la CCM en los casos de Asegurados que incurran en doble percepción
- “ARTÍCULO 19.- (DOBLE PERCEPCIÓN).
- ARTÍCULO 21.-
- 1)
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1º REVOCAR
- 2º