SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2012

Fecha: 04-Jun-2012

Fragmento 17

         Los accionantes, sostienen que: i) Ilegalmente se les suspendió el pago de su Compensación de Cotizaciones Mensual (CCM), a partir de septiembre de 2011, por una supuesta doble percepción, al estar recibiendo un sueldo como docentes de la UPEA, pero el SENASIR, no tomó en cuenta que sólo prestaron servicios como Catedráticos de la Universidad hasta el 30 de mayo del mismo año, por lo que mal podían haber incurrido en esa prohibición ya que su condición los exceptuaba de esta, puesto que no percibían una remuneración; ii) El pedido de rehabilitación de la compensación de cotizaciones a partir de septiembre de 2011, dirigida al Viceministro de Pensiones y Servicios Financieros, y ante la solicitud de dejar sin efecto la suspensión dispuesta, fue respondida de forma dilatoria; y, iii) La suspensión de la CCM no consta en resolución alguna, ni tampoco que hayan sido notificados con ninguna disposición.