SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0291/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0291/2012

Fecha: 08-Jun-2012

II.3.

II.3.  Mediante Resolución de 18 de octubre de 2011, a solicitud de la parte demandante, en aplicación del art. 261 del CPC, el Juez Agrario de oficio declaró la caducidad del recurso y como sanción dispuso la ejecutoria de la sentencia dictada, porque la parte no proveyó los recaudos de ley a efectos de la remisión del expediente, pese a su conminatoria dentro del término de quince días (fs. 43 vta.).