SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0292/2012
Fecha: 08-Jun-2012
con especial atención a la parte que, en su relación con la otra, se halla situada en inferioridad de condiciones:
Consecuentemente, se advierte que el caso que nos ocupa se sitúa dentro de los supuestos de aplicación del principio favor debilis, por medio del cual es imperioso considerar con especial atención a la parte que, en su relación con la otra, se halla situada en inferioridad de condiciones: -en el caso- personas con discapacidad frente a dirigentes y miembros de la organización a la cual pertenecen los accionantes. Esta particular vinculación y relación de los accionantes respecto de los ahora demandados, permite vislumbrar el grado de afectación que significó en los primeros, la decisión de expulsión proferida por los segundos, y constatar que dicha medida les provocó un temor reverencial que, por su grado de vulnerabilidad -personas con discapacidad: con ceguera irreversible y en su condición de adultos mayores- los obligó a retraerse y sentirse amenazados en su vida y libertad de locomoción, obligándose ellos mismos a no salir de su vivienda y a sentirse amenazados en su vida y restringidos en su libertad de locomoción por el miedo a ser agredidos, situación particular que por sus efectos, obliga a este Tribunal otorgar una protección diferenciada y
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- Fragmento 11
- III.2. La acción de libertad contra particulares y el respeto de los derechos fundamentales por parte de terceros
- Fragmento 13
- dichas lesiones deben trasuntarse en actos u omisiones manifiestas,
- Fragmento 15
- el razonamiento precedentemente señalado permite su flexibilización cuando el mismo va a ser contrastado en escenarios de vulnerabilidad
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso
- con especial atención a la parte que, en su relación con la otra, se halla situada en inferioridad de condiciones:
- toda vez que estas subreglas deben ser flexibilizadas en escenarios de vulnerabilidad