SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0292/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0292/2012

Fecha: 08-Jun-2012

con especial atención a la parte que, en su relación con la otra, se halla situada en inferioridad de condiciones:

Consecuentemente, se advierte que el caso que nos ocupa se sitúa dentro de los supuestos de aplicación del principio favor debilis, por medio del cual es imperioso considerar con especial atención a la parte que, en su relación con la otra, se halla situada en inferioridad de condiciones: -en el caso- personas con discapacidad frente a dirigentes y miembros de la organización a la cual pertenecen los accionantes. Esta particular vinculación y relación de los accionantes respecto de los ahora demandados, permite vislumbrar el grado de afectación que significó en los primeros, la decisión de expulsión proferida por los segundos, y constatar que dicha medida les provocó un temor reverencial que, por su grado de vulnerabilidad -personas con discapacidad: con ceguera irreversible y en su condición de adultos mayores- los obligó a retraerse y sentirse amenazados en su vida y libertad de locomoción, obligándose ellos mismos a no salir de su vivienda y a sentirse amenazados en su vida y restringidos en su libertad de locomoción por el miedo a ser agredidos, situación particular que por sus efectos, obliga a este Tribunal otorgar una protección diferenciada y