Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0292/2012
Fecha: 08-Jun-2012
I.2.1. Ratificación de la acción
La abogada de la parte accionante ratificó y reiteró los extremos de su demanda y solicitó que se tomara nota que su vivienda, si bien humilde, está intacta y que, son los demandados los que amenazan con quitarles el único techo que tienen; también pidieron que en el acta figure que su defendido, su hijo y suegra tienen discapacidad y que además se verifique que éstas no están golpeadas ni heridas y tampoco se encuentran enfermas, ya que si les pasa algo la causa será esta situación. El accionante, con el uso de la palabra pidió garantías para él y su familia que viven humildemente.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- Fragmento 11
- III.2. La acción de libertad contra particulares y el respeto de los derechos fundamentales por parte de terceros
- Fragmento 13
- dichas lesiones deben trasuntarse en actos u omisiones manifiestas,
- Fragmento 15
- el razonamiento precedentemente señalado permite su flexibilización cuando el mismo va a ser contrastado en escenarios de vulnerabilidad
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso
- con especial atención a la parte que, en su relación con la otra, se halla situada en inferioridad de condiciones:
- toda vez que estas subreglas deben ser flexibilizadas en escenarios de vulnerabilidad