SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0294/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0294/2012

Fecha: 08-Jun-2012

a)

Eddy Mejía Montaño y Jimy Rudy Siles Melgar, Vocales de la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia Cochabamba; presentaron en forma conjunta informe escrito cursante a fs. 280 y vta. manifestando: a) Por vía de incidente de nulidad de obrados nadie puede presentarse a un proceso sin tener legitimación activa y pretender hacer valer su derecho propietario ganancial, que para ello existe la demanda de tercería; y, b) Por la vía de amparo constitucional no se puede resolver derecho propietario alguno, tampoco puede equipararse a un recurso de casación.