Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0294/2012
Fecha: 08-Jun-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega la vulneración de sus derechos: al debido proceso, a la propiedad privada y a la tutela judicial, por cuanto dentro del proceso de nulidad de escritura pública y cancelación de registro y colación de un inmueble, se le privo y negó el derecho propietario sobre el 50% que le corresponde, al haber sido declarado éste como bien ganancial en otro proceso de división y partición, el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial Quillacollo, rechazó el incidente de nulidad interpuesta así como el Tribunal de alzada confirmo dicho rechazo. En revisión, corresponde dilucidar si los hechos expuestos por la accionante son evidentes.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Fundamentos de hecho que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- el amparo constitucional es una acción de carácter tutelar, no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias, lo que significa que sólo se activa en aquellos casos en los que se supriman o restrinjan los derechos fundamentales o garantías constitucionales, por lo mismo no se activa para reparar supuestos actos que infringen las normas procesales o sustantivas, debido a una incorrecta interpretación o indebida aplicación de las mismas'”
- III.3. Sobre la calidad de la cosa juzgada
- III.4. Sobre el “tercer interesado” en la presente acción
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR