SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0305/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0305/2012

Fecha: 18-Jun-2012

II.10.

II.10.  El Subregistrador de DD.RR. de Sacaba mediante el Auto de 5 de diciembre de 2009, dispuso que para la respectiva aprobación de planimetrías debían cumplirse ciertos requisitos, los mismos que eran sujetos de registro en las oficinas de DD.RR., debiendo previamente cumplir con todos los requisitos exigidos y las certificaciones elevadas, las cuales señalan que debió efectuarse el cambio de uso suelo, ya que el registro de transferencia de propiedad agraria es obligatorio, al ser un requisito de forma y validez, previo a la inscripción del derecho propietario en la referida institución, en tal sentido, se rechazó la solicitud; y por consiguiente, la subscripción de planimetrías y planos “aprobados por el silencio administrativo” (fs. 130 a 132).