Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0305/2012
Fecha: 18-Jun-2012
II.4.
II.4. El 7 de septiembre de 2009, el Director de Urbanización del Gobierno Municipal, informó al Director de Asesoría Legal que: 1) El lugar donde se pretende ejecutar el proyecto de la urbanización denominada “Churitia”, se identificó como área rural; 2) Previamente se debe verificar si existe sobre posesión con otro uso de suelo, por lo cual, se debe solicitar una certificación al INRA; y, 3) “Para realizar un análisis urbano de uso de suelo residencial que pretende darse, debe contar con el respectivo uso de suelo para lo cual la autoridad competente debe manifestarse en algún sentido” (sic) (fs. 54).
- acción de cumplimiento,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La ingeniería dogmática de la acción de cumplimiento a la luz del orden constitucional
- III.2.Naturaleza procesal de la acción de cumplimiento
- c) Cuando el supuesto incumplimiento genere conflictos o controversias que puedan ser resueltos en la jurisdicción ordinaria o administrativa.
- a)
- APROBAR