Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2012
Fecha: 18-Jun-2012
II.2.
II.2. El 21 de abril de 2008, el Fiscal de Materia, Jhosy Erly Arauco, presentó al Tribunal de Sentencia de Quillacollo, acusación formal contra Félix Ormachea Flores y Grover Floreal Quiroz, por los delitos sancionados en los arts. 144, 146, 221 y 224 del CP; por lo que, el 4 de noviembre del mencionado año, se emitió el Auto de apertura de juicio contra los acusados; el 25 de septiembre de 2009, se procedió al sorteo de jueces ciudadanos y mediante el Auto de 29 de octubre del mismo año, el Tribunal de Sentencia de Quillacollo señaló audiencia de juicio oral para el 5 de abril de 2010, a horas 9:30 (fs. 2 a 5 vta., y 18 a 20).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Fragmento 9
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la reconsideración de las resoluciones municipales
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2° Dimensionar