SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0334/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0334/2012

Fecha: 18-Jun-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Desde hace más de dos años en el Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Civil se viene tramitando una demanda preparatoria de reconocimiento judicial de dos recibos domésticos contra su ex esposo Rudy Ivar Astete del Castillo; empero, luego de señalarse audiencia, el demandado negó que las firmas estampadas fueran suyas, habiéndose dispuesto abrir plazo incidental de prueba de veinte días comunes a las partes.

En su vigencia, ambos ofrecieron peritos de parte; sin embargo, el demandado junto a su memorial de ofrecimiento de prueba planteó recusación contra la Jueza de la causa, alegando que ella tenía amistad con el perito de cargo, la misma que fue rechazada mediante Auto de 29 de agosto de 2009, en razón a que no está comprendida dentro de las causales establecidas en el art. 3 de la Ley 1760 de 28 de febrero de 1997.

Sin embargo, por memorial de 15 de octubre de 2009, el demandado opuso recurso de reposición bajo alternativa de apelación solicitando se deje sin efecto el citado Auto de clausura y se acepte que el perito de descargo realice la pericia, argumentando que no sacó el expediente debido a que el mismo no se encontraba en el juzgado y se vulneró el principio de publicidad, debido proceso y derecho a la defensa al determinarse la clausura del término incidental de prueba; pretensión que fue rechazada por Auto de 17 de noviembre del referido año y, se interpuso alternativamente recurso de apelación, que fue concedido ante el Juez de Partido de Turno.