SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0352/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0352/2012

Fecha: 22-Jun-2012

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El abogado del accionante, se ratificó in extenso en los términos señalados en su memorial de demanda y ampliando la misma, manifestó que le entregaron un memorándum el mes de julio de 2011; mismo que fue apelado ante la referida Cooperativa Minera, en varias oportunidades, donde el Presidente, Paul Flores Cabrera no quiso atender su solicitud, ya que se encontraba a la espera de la renovación del Directorio de la Cooperativa. En el mes de noviembre, recayó la presidencia en Daniel Llanos Llanos, que al recibir la información acerca de las irregularidades referidas, trató de subsanarlas; empero, le impedía el documento privado de buen entendimiento; por lo que, manifestó de forma verbal que se esperara la magna asamblea de dicha Cooperativa para que se tome en cuenta tal situación, llevándose a cabo la misma en el mes de enero de 2012, decidieron darle de baja; en consecuencia con la última decisión, se le notificó al ahora accionante en el mes de enero de 2012; razón por la cual, refiere que se encuentra dentro del plazo para interponer la presente acción.