SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0352/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0352/2012

Fecha: 22-Jun-2012

III.4.2.

III.4.2. Por otra parte, es preciso referirnos a que el Juez de garantías al denegar la acción interpuesta, condenó al accionante a la imposición de costas y multas Bs200.- (doscientos bolivianos) y conforme al Fundamento Jurídico III.2 del presente fallo, no es una regla general que en los casos de desistimiento, se mantenga la multa impuesta por el juez; por lo que, este Tribunal refiere que en el presente caso, la acción fue interpuesta el 10 de febrero de 2012, fecha en la que pocos días antes se puso en vigencia la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y hasta ese momento no se desarrollaron con claridad los requisitos de admisibilidad de las acciones de amparo constitucional; razón por la cual, corresponde y se justifica en el caso presente la exención de la multa al juez y a la parte accionante.