SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2012

Fecha: 22-Jun-2012

“es inapelable y causa estado, por lo que se ofrecerá el cargo motivo del concurso, al postulante que ocupe el primer lugar

Por otra parte, el art. 45 establece, que el fallo del Tribunal Calificador, después de las revisiones y observaciones efectuadas si las hubiera (Capítulo III), “es inapelable y causa estado, por lo que se ofrecerá el cargo motivo del concurso, al postulante que ocupe el primer lugar de la calificación” (las negrillas son nuestras).