SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2012

Fecha: 22-Jun-2012

i)

Con el derecho a la duplica señaló que: i) La impugnación realizada por el “Dr. Hurtado”, ha sido retirada; por tanto, el Tribunal Calificador no tenía porque considerarla; ii) Respecto a las otras impugnaciones estas fueron presentadas fuera de plazo, aspecto que se señaló en el informe del Asesor Legal del SEDES de 3 de noviembre de 2009; y, iii) Para anular un acto, existe todo un procedimiento de derecho a través del cual deberá demostrarse su ilegalidad; caso contrario se incurre en una arbitrariedad.