SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2012
Fecha: 22-Jun-2012
III.2. Marco normativo del concurso de méritos y examen de competencia
El Reglamento de Concurso de Méritos y Examen de Competencia del Colegio de Odontólogos de Bolivia, aprobado por Resolución Prefectural 469 de 10 de abril de 2007, en su art. 1, dispone que: "El Estatuto del Odontólogo Empleado y el presente Reglamento constituyen los únicos instrumentos legales para la calificación, designación y promoción de cargos odontólogos vacantes o de nueva creación en el Sistema Nacional de Salud, que cuenten con servicio odontológico".
A su vez, el Capítulo III del citado Reglamento, determina las normas referidas a la conformación y funciones del Tribunal Calificador. En ese orden, el art. 14, establece que el Tribunal Calificador, será responsable de todas sus acciones y determinaciones que deberán figurar en el acta circunstancial y en un cuadro de calificación, debidamente suscritos, quienes publicaran el cuadro final de calificación en la institución empleadora, en un plazo de setenta y dos horas de determinado el concurso.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Marco normativo del concurso de méritos y examen de competencia
- anular la convocatoria, declarar desierto el concurso y concluir y declarar ganadores del concurso”
- “es inapelable y causa estado, por lo que se ofrecerá el cargo motivo del concurso, al postulante que ocupe el primer lugar
- III.3.1. Derecho a la dignidad
- III.3.2. En cuanto a la seguridad jurídica
- III.3.3. Derecho a ejercer funciones públicas
- III.3.4. Derecho al trabajo
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR