SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0409/2012
Fecha: 22-Jun-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan la vulneración de sus derechos a la dignidad, a la “seguridad jurídica”, al ejercicio de la función pública, al debido proceso y al trabajo; por cuanto, se presentaron a una convocatoria pública, efectuada por el SEDES de Oruro, sujetándose a concurso de méritos y examen de competencia abierto departamental para optar a los cargos de odontólogos para el área rural, pero el Tribunal Calificador después de publicar quienes fueron habilitados para el examen y una vez publicadas las calificaciones, les solicitaron que presenten su documentación original, para proseguir con los trámites para la adjudicación de dicha convocatoria, pero por el informe de 12 de diciembre de 2009, el Tribunal Calificador sin fundamentos legales claros, ni concretos, declaró la nulidad de la convocatoria de 2 de julio de 2009. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a los fines de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- Fragmento 7
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Marco normativo del concurso de méritos y examen de competencia
- anular la convocatoria, declarar desierto el concurso y concluir y declarar ganadores del concurso”
- “es inapelable y causa estado, por lo que se ofrecerá el cargo motivo del concurso, al postulante que ocupe el primer lugar
- III.3.1. Derecho a la dignidad
- III.3.2. En cuanto a la seguridad jurídica
- III.3.3. Derecho a ejercer funciones públicas
- III.3.4. Derecho al trabajo
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR