SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0412/2012
Fecha: 22-Jun-2012
II.1.
II.1. Conforme certificado 15/2010 de 11 de enero, emitido por la Corte Departamental Electoral de Santa Cruz, se tiene que por la Segunda Sección Municipal de la provincia Germán Busch del Departamento de Santa Cruz, en las elecciones de 5 de diciembre de 2004, fueron elegidos como Concejales Titulares: Aldo Clavijo Viruez, Hilton Ramírez Jeréz, Celso Fernández Vásquez, Ana Flores Arias y Juan Bautista Bonifacio Ramírez, y como Concejales Suplentes: Rosario Hurtado Capobianco, Elizabeth Castedo Suarez, Guido Banega Lijeron, Sandy Vélez Saavedra y Roxana Roca Frías, habiendo la accionante conjuntamente otros concejales en fecha 10 de enero de 2005 prestado juramento en Audiencia Pública de Posesión por ante el Juzgado de Partido y de Sentencia de la provincia Germán Busch, Puerto Suarez (fs.1 a 4).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- “procedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional y los efectos de su incumplimiento
- “SEGUNDA PARTE”
- III.5. Dimensión de los efectos de la acción tutelar