SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0412/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0412/2012

Fecha: 22-Jun-2012

“SEGUNDA PARTE”

En el caso de autos, el memorial de acción de amparo constitucional, no cumple con los requisitos de admisión señalados en el fundamento que antecede, toda vez que en su denominada “SEGUNDA PARTE” realiza una exposición interrumpida de los hechos que motivarían la presente acción sin precisar un orden y una secuencia narrativa a efectos de establecer la realidad de lo ocurrido, posterior a ello en su “TERCERA PARTE” expone consideraciones jurídico-doctrinales que no guardan directa relación con los derechos supuestamente vulnerados, finalmente en su “CUARTA PARTE” enuncia sus derechos constitucionales conculcados y amenazados por los “recurridos”, sin especificar por qué y en qué forma los actos que realizaron los demandados conculcarían y/o amenazarían sus derechos, omitiendo precisar la relación de causalidad entre los hechos o las razones de la demanda y los derechos que considera vulnerados; tampoco especifica directamente el agravio del cual hubiese sido víctima, si se tiene presente que ha denunciado la vulneración de sus derechos a la participación política, al trabajo, a ejercer funciones públicas a la “seguridad jurídica” y a la autonomía municipal. De donde se tiene que la accionante, no ha cumplido con los requisitos de contenido previstos en el art. 97.III y IV de la LTC., situación que ha persistido a tiempo de llevarse a cabo la consideración de la acción tutelar.