Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0414/2012
Fecha: 22-Jun-2012
II.4.
II.4. Cursa la Resolución SNC-R/LIQ/2012-12 de 10 de abril, por la que el Liquidador a.i. del SNC Residual -hoy representado por el accionante-, resolvió aprobar la procedencia del traspaso presupuestario interinstitucional por el monto de Bs544 374,66.- (quinientos cuarenta y cuatro mil trescientos setenta y cuatro con 66/100 bolivianos); y, solicitar al Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, la autorización para la transferencia de recursos económicos del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, para el SNC Residual, que se destinarían a la cancelación de beneficios sociales a favor de Ángel Chávez Coímbra y Juan Carlos Mayser Jiménez, entre otros (fs. 39 a 42).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la naturaleza jurídica de la acción de libertad y sus características de tutela
- preventivo,
- Fragmento 12
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por él o los afectados;
- Fragmento 14
- serán previstas por el Ministerio de Hacienda, para que a través de su Liquidador se efectúe la inscripción, verificación y programación del pago conforme a la disponibilidad presupuestaria de la Cuenta Contingencias que se establezca anualmente
- La autoridades judiciales y administrativas que determinan el cumplimiento de estas obligaciones deberán considerar lo establecido en los dos párrafos anteriores para definir las modalidades de cumplimiento
- III.4. Análisis en el caso concreto
- APROBAR