SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0414/2012
Fecha: 22-Jun-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración del derecho a la libertad de su representado, al considerar que el Juez Tercero de Partido del Trabajo y Seguridad Social, sin tomar en cuenta el contenido de la Ley 3506 y del DS 29823, desestimó la solicitud de otorgar un tiempo razonable para cumplir la obligación, conforme dispone el art. 516.II del CPC; y, sin considerar la situación excepcional del SNC Residual, libró mandamiento de apremio contra su defendido, dentro del proceso laboral por cobro de beneficios sociales seguido por Ángel Chávez Coímbra y otro, contra la mencionada institución en proceso de liquidación. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la naturaleza jurídica de la acción de libertad y sus características de tutela
- preventivo,
- Fragmento 12
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por él o los afectados;
- Fragmento 14
- serán previstas por el Ministerio de Hacienda, para que a través de su Liquidador se efectúe la inscripción, verificación y programación del pago conforme a la disponibilidad presupuestaria de la Cuenta Contingencias que se establezca anualmente
- La autoridades judiciales y administrativas que determinan el cumplimiento de estas obligaciones deberán considerar lo establecido en los dos párrafos anteriores para definir las modalidades de cumplimiento
- III.4. Análisis en el caso concreto
- APROBAR