Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2012
Fecha: 22-Jun-2012
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 28 de marzo de 2012, cursante de fs. 87 a 93, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por René Carlos Gonzáles en representación de María Fernanda Quiroga Rojas y Fátima Clara Pardo de Iriarte contra Rosario Rioja de Estremadoiro y Oscar Freire Arze, Vocales de la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.
- acción de amparo constitucional
- a) Antecedentes fácticos
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- III FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2.1. Jurisprudencia
- III.2.2. Sobre el debido proceso
- III.3.1. Jurisprudencia
- y éste tiene bienes con qué responder a la deuda
- La medida compulsiva del apremio corporal, también se aplicará en aquellos eventos en los cuales dentro del fenecido proceso de remate de los bienes del deudor, se establezca que éste es insolvente para cubrir el total de la obligación; apremio que deberá ordenarse únicamente por la diferencia impaga.
- “También podrán precautelarse los derechos del trabajador
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR